Universidad de Costa Rica reitera que el ajuste por costo de vida se aplicó conforme al marco jurídico vigente

La decisión adoptada en relación con el ajuste salarial por costo de vida no responde a un criterio discrecional ni a una valoración política, sino al deber institucional de actuar conforme al ordenamiento jurídico vigente.

30-07-2026 - Rectoría


 Fuente: UCR

Fuente: UCR

La Universidad de Costa Rica respeta plenamente el derecho de las organizaciones sindicales a expresar sus posiciones y manifestarse de manera pacífica.

La decisión adoptada en relación con el ajuste salarial por costo de vida no responde a un criterio discrecional ni a una valoración política, sino al deber institucional de actuar conforme al ordenamiento jurídico vigente.

La Universidad analizó este tema mediante criterios técnicos emitidos por la Oficina Jurídica y mediante una resolución debidamente motivada, en la que se ponderan la Convención Colectiva, la Ley Marco de Empleo Público, la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, la jurisprudencia constitucional y el derecho internacional aplicable.

Ese análisis concluyó que el ajuste por costo de vida puede reconocerse únicamente a las personas funcionarias que, de acuerdo con la legislación vigente, no se encuentran alcanzadas por la restricción prevista en el Transitorio XI de la Ley Marco de Empleo Público.

La Institución comprende que existen distintas interpretaciones jurídicas sobre esta materia; sin embargo, mientras la legislación vigente y las resoluciones judiciales no establezcan un criterio diferente, la Universidad tiene la obligación de actuar con apego al principio de legalidad y de resguardar la correcta administración de los recursos públicos.

La Universidad mantiene abiertas las vías de diálogo con las organizaciones sindicales y reitera su compromiso con la protección de los derechos laborales dentro del marco constitucional y legal que rige a todas las instituciones públicas.

Última actualización / 2026-07-30 11:13:15