La Asamblea Colegiada Representativa (ACR) es un órgano de la Asamblea Universitaria, al igual que lo es la Asamblea Plebiscitaria. Según, el artículo 18 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, sesiona ordinariamente cinco veces al año.
Según el artículo 14, este órgano es presidido por la persona al frente de la Rectoría, y además del rector o rectora, la integra también las personas miembros del Consejo Universitario, las personas exrectoras de la Universidad de Costa Rica, las personas vicerrectoras, las personas miembros titulares del Tribunal Electoral Universitario, las personas directoras y decanas de las distintas unidades académicas y del Sistema de Estudios de Posgrado, las personas que fungen en las jefaturas de las oficinas administrativas, una persona representante por cada uno de los colegios profesionales del país, así como una vasta representación del sector docente en Régimen Académico, del sector estudiantil, y de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica.
Durante la sesión, además de los miembros del órgano colegiado, integran el directorio en calidad de secretarios, la persona que ocupa la Secretaría Académica de Rectoría y la persona al frente de la Oficina Jurídica. Además, de que en la sesión participa el personal de apoyo administrativo asignado por la Rectoría.